La Ley 30-26 trasladó al Ministerio de Hacienda un poder más amplio para objetar solicitudes de exoneraciones, al eliminar la obligación de emitir una no objeción para ciertos trámites vinculados a incentivos. Con esa modificación, la institución podrá recomendar al Poder Ejecutivo frenar pedidos que considere improcedentes.
El cambio abre un nuevo frente de vigilancia sobre un mecanismo que incide directamente en las finanzas públicas. Las exoneraciones representan beneficios que le cuestan al Estado cientos de miles de millones de pesos al año, por lo que cualquier ajuste en su aprobación o rechazo debe venir acompañado de rendición de cuentas, criterios claros y seguimiento público.
Aunque la reforma apunta a reforzar el control, el impacto real dependerá de cómo se aplique. La medida no resuelve por sí sola la discusión de fondo sobre el uso de los incentivos fiscales: quién los recibe, con qué justificación, cuánto dejan de ingresar las arcas públicas y qué resultados concretos generan para la economía.
En un contexto de presión sobre las cuentas del Estado, el debate no debería limitarse a mover la facultad de objeción hacia Hacienda. También exige revisar si el esquema de exoneraciones produce beneficios verificables para el interés general o si termina socializando el costo entre los contribuyentes sin una evaluación suficiente del gasto tributario.
