La causa abierta contra el fiscal Aurelio Valdez Alcántara entró en una nueva etapa con el depósito de la acusación formal ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, por hechos que el Ministerio Público relaciona con la presunta solicitud y recepción de un soborno de US$10,000 mediante una entrega controlada. Ese paso no supone condena ni responsabilidad penal definida, aunque sí activa un control judicial sobre la investigación y sobre la consistencia de las pruebas presentadas.
Desde ahora, el tribunal tendrá que analizar el contenido de la acusación, los elementos probatorios aportados por el órgano acusador y los argumentos de la defensa para determinar si el expediente avanza a juicio de fondo. Con el Código Procesal Penal establecido por la Ley 97-25, vigente desde diciembre de 2025, la audiencia preliminar opera justamente como un filtro institucional: no respalda de forma automática la versión oficial, sino que exige sostenerla ante un juez.
De acuerdo con la acusación depositada, a Valdez Alcántara se le atribuyen violaciones a los artículos 33, 174, 177 y 178 del Código Penal Dominicano, además de disposiciones de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Así, el movimiento del Ministerio Público no cierra el caso, sino que sitúa en primer plano la obligación de rendir cuentas sobre cómo se investigó, qué pruebas existen y si la respuesta institucional está a la altura de un hecho que vuelve a golpear la confianza pública.
