Reconocidas por la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios como canal de participación ciudadana ante los gobiernos locales, las juntas de vecinos continúan operando con un alcance limitado frente a problemas que ya superan la simple petición de obras. El artículo sostiene que, en la práctica, gran parte de estas organizaciones centra su labor en calles, aceras, contenes, alumbrado o parques, mientras quedan en segundo plano tareas esenciales como la capacitación ciudadana, la gestión de riesgos, la protección ambiental, la planificación territorial y la resiliencia comunitaria.
La distancia entre ese mandato y la realidad se produce en medio de amenazas crecientes asociadas al cambio climático, inundaciones urbanas, sequías, incendios forestales, deslizamientos de tierra, contaminación ambiental y expansión desordenada de los asentamientos humanos. Pese a que la Ley No. 368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos y la Ley No. 147-02 sobre Gestión de Riesgos contemplan participación comunitaria y planificación participativa, el texto advierte que sigue siendo débil la articulación entre esas normas y el trabajo cotidiano de las juntas de vecinos. Según el artículo, esa brecha deja a muchas comunidades sin diagnósticos locales de riesgos, mapas comunitarios de vulnerabilidad, protocolos de emergencia y programas permanentes de educación ciudadana.
En ese marco, la propuesta de revisar y actualizar los reglamentos de estas organizaciones aparece no solo como una reforma administrativa, sino también como una alerta sobre la distancia entre el marco legal y la realidad territorial. Desde la sociedad civil, el debate vuelve a poner sobre la mesa la exigencia de fiscalización de la gestión local y nacional, de modo que la participación no se limite a trámites y obras puntuales, sino que responda a prioridades ciudadanas vinculadas con prevención, ordenamiento y capacidad real de respuesta comunitaria.
