Este martes, el Consejo del Poder Judicial precisó que los movimientos recientes aprobados en determinados órganos judiciales no constituyen traslados de jueces, sino reasignaciones dentro de los mismos tribunales. La aclaración se produjo luego de que empezaran a circular versiones sobre decisiones administrativas cuyo alcance, según la propia institución, debía ser delimitado en el marco de la carrera judicial.
Según el Poder Judicial, la resolución núm. CPJ-2026-RECA-014 trató movimientos internos propuestos por la Dirección General de Administración y Carrera Judicial con el propósito de reorganizar el servicio. La versión oficial explica que se trata de una reconformación interna de salas en órganos colegiados, basada en necesidades del servicio, en la distribución de la carga de trabajo y en el reequilibrio de experiencia jurisdiccional después de ascensos y cambios de jerarquía en distintos órganos.
La entidad diferenció esas decisiones de un traslado judicial contemplado en la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial, al indicar que los magistrados continúan en la misma cámara, jurisdicción, especialidad y categoría. Aun así, el hecho de que el organismo haya tenido que aclarar públicamente el alcance de la medida y de que las decisiones puedan ser recurridas deja abierto un frente de escrutinio sobre la transparencia administrativa y la estabilidad con que debe operar el servicio de justicia, un tema sensible en el debate institucional del país y en las exigencias de rendición de cuentas al gobierno dominicano.
